- Trazabilidad e integridad totales de los productos certificados por MarinTrust, que se obtienen y producen de forma responsable.
- No se utilizan materiales procedentes de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR).
- Los productos puros y seguros se procesan posteriormente bajo un sólido sistema de gestión de la calidad, lo que demuestra la ausencia de materiales potencialmente peligrosos e ilegales.
- Solo los productos que cumplen con la normativa MarinTrust llevan la etiqueta MarinTrust.

¿Por qué obtener la certificación?
Además de contribuir al abastecimiento responsable en la cadena de valor, el certificado MarinTrust CoC ofrece a su empresa:
- Trazabilidad completa de ingredientes puros y seguros, procedentes de fuentes no ilegales, no declaradas y no reglamentadas (INDNR), y obtenidos y producidos de forma responsable.
- Acceso a mercados con una creciente demanda de ingredientes marinos certificados, como piensos para acuicultura, suplementos alimenticios, alimentos para mascotas y piensos para animales.
- Mayor seguridad en sus procesos y garantía de buenas prácticas.
Beneficios para sus clientes:
- Acceso a ingredientes marinos certificados con la confianza en la integridad y trazabilidad de los mismos.
- Un sistema eficiente de aprobación y seguimiento de proveedores, gracias a la auditoría anual realizada por un tercero.
Últimos avances (marzo de 2026)
Tras su lanzamiento en 2020, MarinTrust ha trabajado continuamente para mejorar la versión 2.0 del estándar CoC, mediante un extenso proceso de acreditación que comenzó con el Organismo Nacional de Acreditación de Irlanda (INAB). Durante este proceso, se realizaron varias mejoras que reforzaron las directrices y los procedimientos del estándar. Estos cambios constituyeron la base de la versión 2.1, desarrollada como una revisión de la versión 2.0, en lugar de una actualización completa. Esta revisión se publica tras la obtención de la acreditación ISO/IEC 17065 en febrero de 2026. La versión 2.1 introduce mejoras para aumentar la claridad y la practicidad para los titulares de certificados, manteniendo al mismo tiempo la intención original del estándar, lo que valida aún más su solidez y refuerza la confianza en la garantía de una cadena de suministro responsable.
Requisitos de elegibilidad
El centro solicitante debe:
- Participar en actividades de procesamiento primario/secundario, almacenamiento o comercialización de ingredientes marinos certificados por MarinTrust y (si están disponibles) ingredientes marinos del programa MarinTrust Improver.
- Asegurar que la instalación cuenta con la licencia legal correspondiente en el país donde opera.
- Proporcionar evidencia de que cumple con los siguientes criterios mínimos de entrada para el alcance de la certificación:
- Firmar una declaración de exención de responsabilidad que indique que la auditoría se limita a los requisitos de cadena de custodia
- Certificación de seguridad alimentaria: certificación de seguridad/calidad de terceros pertinente, según corresponda para instalaciones/empresas que manipulan alimentos o piensos.
- Responsabilidad social: cumplir con los requisitos de las autoridades reguladoras nacionales que supervisan su operación.
- Responsabilidad ambiental: cumplir con los requisitos de las autoridades reguladoras nacionales que supervisan su operación.
Documentos clave (en inglés):
- MarinTrust Chain of Custody Standard V2.1
- CoC V2.1 transition guidance
- Chain of Custody Standard V2.1 public interpretation guidance
- Mass Balance and Traceability Verification Test for Auditors
- Traceability Verification Test – Guidance and Template
- Mass Balance Calculation Guidance – Template
Transición a la versión 2.1
La versión 2.1 del Estándar de Cadena de Custodia de MarinTrust, publicada en febrero de 2026, entrará en vigor el 1 de mayo de 2026. Con pequeñas mejoras en las directrices y los procedimientos del Estándar, incluyendo la eliminación de derogación de cláusulas y el cambio de la frecuencia de los informes de datos de la cláusula 2.4 de trimestral a anual, este cambio constituye una revisión. Se aplicará un breve período de revisión de un mes a partir del 1 de abril de 2026, para que las partes interesadas puedan revisar y comprender las revisiones antes de que comiencen las actividades de certificación conforme a la versión 2.1 revisada el 1 de mayo de 2026. No se realizarán actividades de certificación en base a la versión 2.1 durante el período de revisión.
Las actividades de certificación en base a la versión 2.1 comenzarán el 1 de mayo de 2026, fecha en que se inicia el período de transición. A continuación se presenta un resumen de la transición para los titulares de certificados actuales y los nuevos solicitantes. En el documento de orientación para la transición se ofrece información más detallada sobre los cambios y los requisitos de transición de la versión 2.0 a la versión 2.1.
Titulares de certificados actuales
Recertificación:
- Todas las aplicaciones presentadas a partir del 1 de mayo de 2026 deberán basarse en la versión 2.1
Vigilancia:
- Todas las auditorías programadas a partir del 1 de mayo de 2026 deberán realizarse en base a la versión 2.1
Nuevos solicitantes
- Las aplicaciones presentadas a partir del 1 de mayo de 2026 deberán basarse en la versión 2.1.
- A partir del 1 de abril de 2026, no se permitirán aplicaciones para la versión 2.0.
